La apertura de una calle entre los barrios 112 Viviendas y 150 Viviendas tiene luz verde luego de que la Justicia rechazara el amparo ambiental presentado en su contra. La magistrada también levantó la medida cautelar que había suspendido provisoriamente los trabajos, tras evaluar informes técnicos, documentación del proyecto y una inspección en el lugar.
La Municipalidad de San Carlos de Bariloche obtuvo un fallo favorable en la causa judicial que buscaba frenar la apertura de una nueva calle entre los barrios 112 Viviendas y 150 Viviendas. La jueza a cargo del caso rechazó el amparo ambiental colectivo y dejó sin efecto la medida cautelar que había paralizado temporalmente las obras, habilitando así la continuidad de los trabajos.
La resolución se conoció luego de un análisis exhaustivo que incluyó informes técnicos, documentación vinculada al proyecto urbanístico y una inspección judicial realizada directamente en el sector. Estos elementos permitieron evaluar las características del terreno, la intervención prevista y las medidas contempladas para el manejo de los escurrimientos hídricos del área.
En su fallo, la magistrada sostuvo que los demandantes no incorporaron pruebas técnicas suficientes para acreditar que la apertura de la calle hubiera provocado una alteración ambiental dañosa. Tampoco consideró acreditados los presupuestos necesarios para ordenar la recomposición ambiental que había sido solicitada por los amparistas.
Uno de los ejes centrales del debate judicial giró en torno a la posible identificación del sector como parte del humedal conocido como ‘El Abrazo’. Sin embargo, a partir de los elementos reunidos durante el proceso, no pudo establecerse que el área intervenida se encontrara oficialmente delimitada e individualizada bajo esa denominación. El Municipio, por su parte, continúa trabajando en la conformación de un inventario de humedales que permita definir límites, áreas de protección y niveles de vulnerabilidad.
El terreno en cuestión presenta características hídricas particulares, con surgencias y escurrimientos tanto superficiales como subsuperficiales. Los estudios incorporados al expediente relevaron, entre otros aspectos, un desagüe de aproximadamente 250 metros con escurrimientos permanentes. Frente a esta realidad, la documentación presentada por el Municipio detallò que el diseño de la obra contempla medidas específicas para preservar y ordenar esa dinámica hídrica.
Entre las intervenciones previstas se destacan el mantenimiento de un cauce dentro del inmueble, la conducción de las surgencias subsuperficiales mediante drenes y la ejecución de obras destinadas al manejo de los excedentes pluviales, todo con el objetivo de conservar los escurrimientos hacia el arroyo Ñireco sin generar impactos negativos en el entorno.
Durante la tramitación del amparo aportaron información la Municipalidad, el Concejo Municipal y las áreas técnicas vinculadas a Áreas Protegidas y Planeamiento. La inspección judicial también permitió constatar que el sector se encuentra rodeado por un importante desarrollo urbano, con viviendas, servicios e infraestructura consolidada, y que la nueva traza se vincula con una calle existente y con otros proyectos viales orientados a mejorar la conectividad de esa zona de la ciudad.
Desde el Municipio se destacó la importancia del fallo, señalando que la resolución permitió evaluar en profundidad los aspectos ambientales y técnicos involucrados en el proyecto y brindó un marco para la continuidad de una obra destinada a mejorar la conectividad entre los barrios del sector, con intervenciones que contemplan el comportamiento hídrico del terreno y el adecuado manejo de los escurrimientos.































