La Senadora Silvina García Larraburu presentó un proyecto de Ley a fin de crear el Registro Nacional de Deudores Alimentarios Morosos (ReNDAM) que tendrá como finalidad tener una base de datos unificada y dinámica de acceso público y gratuito.
A su vez, se estipula una serie de trámites que requerirán de la presentación del certificado de libre deuda expedido por el ReNDAM: Ingreso a cargos públicos, en cualquiera de los poderes nacionales y/o jurisdiccionales; Postulación a cargos partidarios o electivos; Solicitudes de apertura de cuentas bancarias; Expedición o renovación de licencias para conducir; Expedición o renovación de pasaporte; Presentación en concesiones y/o licitaciones; Inscripción de los registros de propiedad nacionales y/o jurisdiccionales; Inscripción de los contratos constitutivos y modificatorios de sociedades, asociaciones, fundaciones, mutuales y cooperativas; e Inscripción en el Registro Único de Aspirantes a la Guarda con fines de Adopción.
García Larraburu sostuvo: “La obligación de dar alimentos que tienen los padres y las madres con respecto a sus hijos/as comprende todo lo que ellos y ellas necesitan para su manutención, educación, esparcimiento, vestimenta, habitación, asistencia, gastos por enfermedad y los gastos necesarios para adquirir una profesión u oficio. El deber alimentario se encuentra regulado en el Código Civil y Comercial y en tratados internacionales”.
“Lamentablemente el crecimiento de deudores morosos alimentarios es constante y eso hace necesaria su visualización a fin de revertir la situación y tomar medidas ante el incumplimiento persistente. Por eso, la finalidad del ReNDAM es asegurar el efectivo cumplimiento de las obligaciones alimentarias fijadas, garantizando los derechos de los niños, niñas y adolescentes. La identificación a través del ReNDAM y las consecuencias previstas en este proyecto, generarán consecuencias en el normal desempeño de la vida del deudor alimentario moroso, buscando por un lado que se salde el monto adeudado en el menor tiempo posible y por otro lado el cambio de conducta de la persona”, indicó.
Concluyó: “El objetivo fundamental de esta ley es la protección de la parte más débil de la relación desigual que se da entre alimentante y alimentado”.