En virtud del Consumo Responsable, la Oficina Municipal de Oficina al Consumidor (OMIDUC) recuerda que el artículo 41 de la Constitución Nacional establece el derecho al medioambiente sano, sustentable y proyectado a las generaciones presentes y futuras. La tendencia mundial respecto del cuidado de los recursos se extiende en ésta línea de sustentabilidad con prácticas acordes en relación al consumo y provisión de bienes y servicios.