César Domínguez conservará su banca en la Legislatura rionegrina tras el fallo favorable de la Justicia Electoral. El legislador había sido electo por Primero Río Negro pero luego se alineó con La Libertad Avanza, lo que motivó una demanda de revocación de mandato que fue rechazada.
La Justicia Electoral de Río Negro convalidó la situación del legislador César Domínguez y rechazó la demanda de revocación de mandato promovida por Primero Río Negro. El legislador, que asumió en diciembre de 2023 por ese partido, posteriormente abandonó la bancada para alinearse con La Libertad Avanza.
La decisión fue cuestionada judicialmente por la presidenta y el apoderado de Primero Río Negro, Mónica Gunkel y Héctor Muñoz, quienes alegaron que Domínguez desarrollaba “actividad política pública vinculada a otra fuerza política” y que esto “importaría un apartamiento de la representación política otorgada por el partido”. El fallo favoreció a Domínguez, quien contó con el patrocinio del abogado y vicepresidente de LLA, Damián Torres, aunque Primero Río Negro mantiene la posibilidad de apelar ante el Superior Tribunal de Justicia.
Para el partido que lidera Ariel Rivero, la partida de Domínguez significó “una violación ostensible y grave” de la plataforma electoral, que “haría viable el pedido de remoción de la banca que ocupa”. Esta posición se fundamentó en el artículo 25 de la Constitución Provincial que, según su interpretación, “otorga la titularidad de la banca al partido político”.
El juez Carlos Da Silva estableció en su resolución que la Constitución “exige que la violación” sea “ostensible, esto es, objetiva, verificable y manifiesta, exteriorizada mediante conductas públicas inequívocas y susceptible de ser apreciada sin necesidad de inferencias complejas o interpretaciones controvertidas”. Además, precisó que debe ser “grave” con una “conducta que implique una ruptura sustancial con los ejes centrales de la plataforma, afecte de modo significativo la representación política otorgada por el electorado y comprometa la coherencia entre la oferta electoral y el desempeño del cargo”.
En su fundamentación, Da Silva insistió en que “debe existir una correspondencia directa entre la conducta” y “un contenido concreto de la plataforma electoral presuntamente vulnerado”. El magistrado analizó los argumentos de Primero Río Negro sobre la “ruptura del bloque partidario” por parte de Domínguez, “con participación en actividades” y “manifestaciones públicas” en La Libertad Avanza, conductas que según el partido “implicarían un apartamiento del mandato representativo y una utilización indebida de la banca”.
Si bien el juez reconoció que el legislador participa en “otro espacio político”, consideró que estas acciones “no resultan contravertidos en lo sustancial, ni permiten, por sí solos, tener por configurada una ruptura inequívoca con los contenidos de la plataforma electoral”. Agregó que existe una “posición política diferenciada; no contienen la adopción de un programa incompatible con la plataforma electoral ni implican la negación de sus postulados esenciales”.
Finalmente, Da Silva concluyó que “no se encuentra acreditado de modo suficiente qué propuestas, principios o compromisos específicos de la plataforma habrían sido contradichos por el accionar del demandado”. El magistrado consideró que no fue demostrado “de manera indubitable que el apartamiento del legislador de su bloque y la solicitud de apertura de uno nuevo haya implicado una alteración sustancial -ostensible y grave en los términos constitucionales- del sentido del mandato conferido por el electorado conforme la plataforma electoral”.


























