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Policiales

Condenado a más de cinco años de prisión por atropellar y matar a un hombre en Bariloche

Un hombre recibió una pena de cinco años y cinco meses de prisión efectiva por el homicidio culposo agravado de Emilio Juárez Villarroel, quien murió tras ser embestido por un vehículo en la madrugada del 27 de junio de 2026. El condenado conducía estando inhabilitado judicialmente, se dio a la fuga tras el impacto y nunca prestó asistencia a la víctima.

El Tribunal Penal de Bariloche, presidido por el juez Bernardo Campana e integrado además por Romina Martini y Juan Martín Arroyo, homologó un acuerdo de juicio abreviado y condenó a un hombre por el homicidio culposo agravado de Emilio Juárez Villarroel. La pena establecida fue de cinco años y cinco meses de prisión efectiva y diez años de inhabilitación para conducir todo tipo de vehículo con motor.

El hecho ocurrió durante la madrugada del 27 de junio de 2026 en la calle Ruiz Moreno de esta ciudad. Según la acusación sostenida por el fiscal Marcos Sosa Lukman y la fiscal jefa Betiana Cendón, el condenado conducía un automóvil pese a encontrarse inhabilitado judicialmente para hacerlo. Al encontrarse con Juárez Villarroel mientras este atravesaba la calzada, no adoptó las medidas de cuidado y prevención necesarias para evitar la colisión. El vehículo embistió y posteriormente arrolló a la víctima, quien sufrió diversas lesiones y fue trasladada al Hospital Zonal, donde falleció horas después.

Lejos de detenerse a prestar ayuda, el conductor abandonó el lugar sin dar la cara. Esa conducta posterior al hecho fue uno de los elementos que agravaron la calificación legal del caso. La figura aplicada fue la de homicidio culposo agravado por la conducción imprudente y antirreglamentaria de un vehículo con motor, por encontrarse el imputado inhabilitado por autoridad competente al momento del hecho y por haberse dado a la fuga.

Entre las pruebas reunidas durante la investigación, los fiscales mencionaron las actuaciones policiales y el relevamiento del lugar, certificados médicos, el informe preliminar de autopsia, el certificado de defunción de la víctima, testimonios de testigos, un informe del Gabinete de Criminalística y documentación de Tránsito y Transporte que acreditaba la inhabilitación para conducir. El tribunal destacó además la existencia de un testigo presencial, los daños constatados en el vehículo y registros de cámaras que permitieron orientar la investigación hacia el automóvil conducido por el acusado.

El defensor particular explicó que, desde que asumió la representación del acusado, analizó la totalidad del legajo y el material probatorio incorporado. Señaló que mantuvo diversas reuniones con el Ministerio Público Fiscal y que, en función de la evidencia y la calificación legal finalmente acordada, optaron por avanzar en una solución consensuada. ‘Entendemos que, de acuerdo con la cantidad de material probatorio, es una salida que debemos tomar’, expresó al solicitar la homologación del acuerdo.

Al ser consultado por el tribunal, el acusado manifestó comprender los alcances del procedimiento y reconoció su responsabilidad por el hecho. Ratificó su conformidad con la calificación legal, la pena impuesta y la inhabilitación para conducir. También expresó que ‘nunca tuvo intención de provocar la muerte de la víctima’, reconoció el dolor ocasionado a la familia y pidió disculpas.

En la misma audiencia, un hermano de Emilio Juárez Villarroel tomó la palabra y se dirigió directamente al condenado. Describió el profundo impacto que la muerte de Emilio generó en su familia, recordó que dejó tres hijos y habló del dolor que atravesaron su madre y sus hermanos desde aquella madrugada.

Al fundamentar su decisión, el tribunal consideró acreditada una conducta culposa y antirreglamentaria, y señaló que el reconocimiento de responsabilidad del acusado estaba respaldado por el conjunto de pruebas reunidas durante la investigación. Los jueces evaluaron como agravantes el hecho de que el condenado se encontrara inhabilitado para conducir y su comportamiento tras el impacto, aunque también ponderaron el reconocimiento del hecho y las disculpas expresadas durante la audiencia. El tribunal concluyó que se trataba de ‘un acuerdo válido’ y de una ‘asunción de responsabilidad fundada en prueba’.

Finalmente, ambas partes renunciaron a los plazos de impugnación, por lo que la sentencia quedó firme de manera inmediata y será remitida al juzgado de ejecución correspondiente para que se haga efectiva.

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