La Senadora Silvina García Larraburu presentó un Proyecto de Ley que tipifica en el Código Penal de la Nación el delito de difundir imágenes íntimas. El texto establece qué será reprimido con pena de prisión de tres meses a dos años o multa de pesos cincuenta mil ($50.000) a pesos quinientos mil ($500.000) el que, indebidamente difunda, revele o ceda a terceros imágenes o grabaciones de audio o audiovisuales de la intimidad de una persona, que éste hubiera obtenido con o sin su consentimiento en un lugar privado, cuando el hecho causare o pudiere causar graves perjuicios a la intimidad del afectado; y agrava las penas y montos cuando a estos delitos se les suma la extorción a la víctima.
Explicó: “Motiva la presentación de este proyecto, el crecimiento exponencial que está evidenciando la difusión no consentida de imágenes o videos íntimos en redes sociales, aplicaciones de mensajería instantánea o cualquier tipo de medio donde se comparte información. Si bien no existen estadísticas oficiales, la Asociación de Lucha contra el Cibercrimen (AALCC), en un informe presentado en 2019, determinó que este delito afecta a mujeres y adolescentes en un 87%. asimismo se ve que durante el periodo 2016/18 se incrementaron un 20% las denuncias de difusión de material íntimo sin consentimiento.”
“La infinidad de prácticas ilícitas que pueden realizarse a través de las redes, particularmente aquellas que tienen que ver con la sexualidad de los individuos y que en la mayor parte de los casos son un claro hecho de violencia de género, no deben quedar impunes. Se debe dar un marco de protección legal a miles de personas que ven sus imágenes íntimas difundidas por la red; proveer a la Justicia de una herramienta legal para combatir a este delito, y al mismo tiempo disuadir a futuros victimarios”, concluyó.