El Instituto de Planificación y Promoción de la Vivienda de Río Negro (IPPV) implementó a través de la resolución Nº 1646/22 la posibilidad de escriturar una vivienda en favor de uno sólo de los cónyuges o convivientes, posibilitando que cualquiera de las partes pueda renunciar al 50% del inmueble, lo cual beneficiaba al hombre con la adjudicación del 100% del bien.