El diputado Agustín Domingo (Juntos Somos Río Negro) expuso este miércoles su proyecto de Ley de Reforma al Régimen de Alquileres e Incentivos para el sector de alquileres de viviendas, y el trabajo realizado junto a su par la Diputada Graciela Camaño, para arribar a un dictamen de consenso.
Este dictamen -expuesto en la Comisión de Legislación General- apuntó en general a retirar al Estado en las negociaciones de alquileres entre privados, poniendo límites al incremento, y volviendo el plazo de los contratos a dos años.
Consideró que la actual ley 27.551 “generó inconvenientes en quienes proveen soluciones habitacionales a quienes no tienen vivienda propia” y “estigmatizó esa actividad más que alentarla”.
“Si el Estado quiere una actividad más pujante, que se ofrezcan más unidades en alquiler, no debe agregar imposiciones y trabas con medidas voluntaristas. Sólo generó más palos en la rueda”, afirmó.
Por eso propuso corregir trabas y desincentivos, y promover importantes medidas de incentivo fiscal, para que en este mercado muy competitivo de muchos oferentes y demandantes, el mejor regulador es la competencia”.
Puntos principales:
Plazo: volver al plazo de dos años que establecía la modificación al código civil de 2014.
Garantías. Eliminar su exigencia debido a que su aplicación no tenía efecto alguno en la práctica. Nadie está obligado a aceptar una garantía que no quiere.
Valor: permitir que las partes negocien libremente los incrementos escalonados, sin regirse por índices. Sí establecer topes para que esos escalonamientos no superen el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Pagos anticipados: permitirle la cancelación anticipada de los alquileres, algo que en la actualidad está expresamente vedado y, en épocas de inflación, resultará útil.
Contratos temporarios: permitir su aplicación no sólo para fines turísticos sino ampliarlo para otros motivos. Ello fomentará inversiones para el segmento de alquileres para vivienda.
Modificaciones de redacción
Arreglos urgentes: definir como “urgente” aquellos que impidan u obstaculicen el uso y goce convenido sobre el inmueble.
Resolución anticipada: no estaba claro desde cuándo contar los tres meses de preaviso para retirarse del contrato, sin costo.
Incentivos fiscales (dictamen por separado): establecer beneficios fiscales para monotributistas y simplificar las exigencias, para fomentar la formalización. Para los alquileres que estén por debajo del salario mínimo, vital y móvil eliminar exigencias de inscripción en todos los impuestos. Desgravación de bienes personales para inmuebles que estén por debajo de los $ 30 millones.