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Tres años de prisión efectiva por portación ilegal de arma y encubrimiento

Un hombre fue condenado a tres años de cárcel efectiva tras ser encontrado con un revólver sin autorización y elementos robados en su poder. El tribunal lo declaró reincidente por condenas previas y la sentencia ya está firme.

La Justicia condenó a tres años de prisión efectiva a un hombre por tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil, resistencia a la autoridad y tres hechos de encubrimiento. Además, fue declarado reincidente debido a condenas anteriores.

El primer hecho ocurrió en la madrugada del 7 de mayo de 2026 en Bariloche, cuando el acusado circulaba en motocicleta junto a otra persona y fue interceptado por personal policial que realizaba tareas de prevención. Al advertir la presencia policial, el hombre intentó escapar a pie y se resistió cuando los agentes lograron alcanzarlo. Durante el procedimiento de cacheo, los policías encontraron entre sus prendas un revólver calibre 22 que portaba sin la correspondiente autorización legal.

La fiscal Sofía Ocampo explicó que inicialmente se había evaluado una calificación más grave para el delito con el arma. Sin embargo, una pericia realizada no pudo acreditar que el revólver estuviera cargado al momento del procedimiento, por lo que finalmente el hecho se encuadró como tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil y resistencia a la autoridad. La acusación se sustentó en el acta del procedimiento policial, las declaraciones testimoniales de los agentes y testigos presenciales, la inspección realizada por el Gabinete de Criminalística y un informe que confirmó que el acusado no contaba con autorización como usuario legítimo de armas. Además, una pericia técnica estableció que el revólver secuestrado era apto para efectuar disparos y correspondía a la categoría de uso civil.

Los tres hechos de encubrimiento fueron descubiertos durante un allanamiento efectuado en julio de 2025 en un domicilio vinculado al condenado. En el procedimiento se secuestró una motocicleta, un iPad y otros elementos que habían sido denunciados como sustraídos en distintos episodios ocurridos entre marzo de 2024 y julio de 2025. La Fiscalía sostuvo que el hombre mantuvo estos objetos en su poder con pleno conocimiento de su procedencia ilícita y sin contar con ninguna documentación que acreditara una adquisición legítima. Como prueba presentó el acta de allanamiento, las denuncias originales de los damnificados, un informe del Cuerpo de Investigación Judicial y las actas de reconocimiento realizadas por los propietarios de los elementos recuperados.

La defensora adjunta Mónica Goye indicó que analizó la evidencia y las alternativas procesales disponibles junto con su defendido. Consideró que tanto la calificación legal como la pena propuesta por la Fiscalía resultaban razonables, mientras que el acusado aceptó voluntariamente el acuerdo alcanzado y reconoció expresamente su responsabilidad en los hechos imputados.

El juez de Juicio Gregor Joos verificó que el acuerdo cumpliera con todos los requisitos legales, homologó el procedimiento abreviado y dictó la condena correspondiente. También dispuso el decomiso definitivo y la posterior destrucción del arma secuestrada. La imposición de la pena de cumplimiento efectivo y la declaración de reincidencia se fundamentaron en las condenas anteriores que registraba el acusado. Las partes renunciaron a los plazos legales de impugnación, por lo que la sentencia quedó firme de manera inmediata y el legajo fue remitido al fuero de Ejecución Penal para el cumplimiento de la condena.

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