Un proyecto de ley en la Legislatura de Río Negro propone prohibir que las personas con dispositivos de monitoreo electrónico salgan de sus domicilios entre las 20 y las 8 horas. La iniciativa alcanza a condenados bajo prisión domiciliaria, imputados con preventiva domiciliaria y también a quienes usan tobillera como medida cautelar sin arresto domiciliario. El texto fue ampliado durante el debate en comisión para unificar criterios de aplicación.
La Legislatura de Río Negro avanza en el tratamiento de un proyecto que busca endurecer los controles sobre las personas que utilizan tobilleras o pulseras electrónicas como parte de una condena, una prisión preventiva o una medida cautelar. La propuesta central establece la prohibición de salir del domicilio en el horario nocturno, específicamente desde las 20 hasta las 8 horas del día siguiente.
Uno de los aspectos más relevantes del proyecto es su alcance. Durante el tratamiento en comisión, el texto original fue modificado para incorporar expresamente tres grupos de personas: quienes cumplen condenas bajo la modalidad de prisión domiciliaria, imputados que se encuentran cumpliendo una prisión preventiva también de forma domiciliaria, y aquellos sometidos a monitoreo electrónico como medida cautelar, aunque no tengan formalmente restringida su libertad mediante una prisión domiciliaria.
Fue el legislador Lucas Pica quien explicó los motivos detrás de esta ampliación. Según señaló, la incorporación de este tercer grupo al texto de la norma tuvo como objetivo evitar diferencias o vacíos en la aplicación de la ley, garantizando que la restricción horaria rige de manera uniforme para todas las personas que utilicen dispositivos de monitoreo electrónico, independientemente del encuadre legal bajo el cual lo hagan.
El proyecto continúa su camino legislativo y puede ser consultado en la plataforma oficial Quorum de la Legislatura rionegrina, donde se registran los avances de cada iniciativa parlamentaria.



























